El despido de directivos y altos cargos no sigue las mismas reglas que el de la plantilla común. En España, estos profesionales están vinculados mediante un contrato de alta dirección, que constituye una relación laboral de carácter especial.
Esta normativa confiere flexibilidad a las partes para pactar condiciones, pero también impone mínimos imperativos que no pueden ser eliminados ni reducidos por acuerdo privado. Incumplirlos puede acarrear consecuencias legales y económicas significativas para la empresa.
En este artículo vamos a explicarte quién es considerado alto directivo, cómo se regula su despido, las indemnizaciones aplicables, la fiscalidad de estas y los riesgos más frecuentes para las empresas.
¿Quién es considerado directivo o alto cargo?
El artículo 1.2 del Real Decreto 1382/1985 establece que es alto directivo el trabajador que ejerce poderes inherentes a la titularidad jurídica de la empresa y actúa con plena autonomía y responsabilidad, respondiendo únicamente ante el órgano de administración o el titular de la empresa.
Ejemplos de altos cargos son:
- Director general o CEO.
- Consejero delegado con contrato laboral.
- Directores de área con poder de decisión estratégica y firma.
La jurisprudencia ha dejado claro que la denominación del cargo no es determinante: lo relevante son las funciones reales. Así, se han excluido de la alta dirección figuras como:
- Consejeros o miembros de órganos de administración que actúan solo como tales.
- Mandos intermedios o jefes de departamento.
- Directores de filiales extranjeras sin control total sobre la empresa matriz.
- Agentes comerciales independientes.
Para que se considere alta dirección deben concurrir requisitos como:
- Reportar solo al órgano societario o titular.
- Tomar decisiones sobre la gestión global de la empresa.
- Ejercer funciones sin más limitaciones que las instrucciones generales del empleador.
El contrato de alta dirección: base jurídica y elementos esenciales
La relación de alta dirección es especial, lo que significa que:
- Se regula por el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, frente a la regulación por el Estatuto de los trabajadores del resto de empleados.
- Dicho Real Decreto establece mínimos que no se pueden rebajar (por ejemplo, preaviso o indemnización mínima).
- El Estatuto de los Trabajadores solo se aplica cuando el Real Decreto lo remite expresamente.
Este contrato debe formalizarse por escrito y recoger:
- Duración determinada o indefinida.
- Retribución (fija y variable).
- Periodo de prueba (máximo 9 meses).
- Condiciones de extinción y preavisos.
- Pactos de no competencia y permanencia.
Formas de extinción del contrato de personal de alta dirección
La ley contempla dos vías principales para la extinción del contrato de alta dirección en España:
1. Desistimiento del empresario
El artículo 11.1 del Real Decreto regula el llamado desistimiento empresarial, que es la forma más habitual de cese en estos puestos y no requiere que exista una causa. Basta con que la empresa pierda la confianza en el alto directivo.
Requisitos:
- Preaviso: debe avisar con al menos 3 meses de antelación. Este plazo puede ampliarse hasta 6 meses si así se ha pactado por escrito en contratos indefinidos o de más de 5 años de duración.
- Indemnización: el directivo tendrá derecho a la indemnización pactada o, si no hay pacto, a la que marca la ley para el desistimiento empresarial (7 días de salario por año, máximo 6 mensualidades).
- Falta de preaviso: si la empresa no respeta el plazo de preaviso, deberá pagarle al directivo el salario correspondiente al periodo de preaviso incumplido.
2. Despido disciplinario
El artículo 11.2 del Real Decreto contempla el despido disciplinario cuando el alto directivo comete un incumplimiento grave y culpable. La ley remite al artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores para la forma y garantías: la empresa debe comunicarlo por escrito, explicando los hechos ocurridos que motivan el despido y la fecha de efectos del mismo.
Ejemplos de despido procedente:
- Negligencia que cause pérdidas graves a la empresa.
- Uso indebido de recursos de la empresa (teléfono corporativo, tarjetas, etc.) con fines personales.
Ejemplos de despido improcedente:
- Negarse a cumplir órdenes humillantes.
- Crear una empresa competidora aprovechando recursos de la compañía.
- Usar un despido disciplinario como excusa cuando en realidad es un desistimiento para pagar menos indemnización.
Efectos del despido:
- Si es procedente, no hay derecho a indemnización.
- Si el despido se declara improcedente, se abona la indemnización pactada o, en su defecto, 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
- Si se declara nulo por vulnerar derechos fundamentales, debe procederse a la readmisión obligatoria y al abono de los salarios dejados de percibir.
3. Otras causas de extinción del contrato
Voluntad del alto directivo
El artículo 10 del Real Decreto 1382/1985 permite que el propio alto directivo decida poner fin a su contrato sin necesidad de alegar un motivo concreto.
Requisitos legales:
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- Preaviso: debe avisarse por escrito con al menos 3 meses (o 6 si se pactó así en contrato de duración indefinida o superior a 5 años).
- Indemnización al empresario: si no respeta este preaviso, el directivo tendrá que pagar al empresario el salario correspondiente a los días o meses de preaviso incumplidos.
- Indemnización al directivo: si la extinción se debe a un incumplimiento grave por parte de la empresa (por ejemplo, impago de salarios, cambios sustanciales que perjudiquen su dignidad o una sucesión de empresa con cambios relevantes en la dirección), el alto cargo tendrá derecho a una indemnización de la cantidad pactada en su contrato. Si no hay pacto, la ley fija un mínimo de 7 días de salario por año de servicio, con un tope de 6 mensualidades.
Por ejemplo, si una empresa retrasa de forma continuada el pago del sueldo de un alto directivo, este puede dar por terminado el contrato y cobrar la indemnización legal o la pactada, aunque sea él quien “inicie” la ruptura.
Estatuto de los Trabajadores
El artículo 12 del Real Decreto establece que, salvo las especialidades anteriores, el contrato de alta dirección también puede extinguirse por las causas y procedimientos previstos en el Estatuto de los Trabajadores: causas objetivas, fuerza mayor, entre otras.
Fiscalidad de las indemnizaciones
El Tribunal Supremo, en su sentencia 1528/2019, de 5 de noviembre, confirmó que la indemnización mínima legal por desistimiento del empresario (7 días/año, máximo 6 meses) está exenta de tributación en IRPF, al amparo del artículo 7.e) de la Ley del IRPF. Las cuantías superiores pactadas no disfrutan de esta exención.
Pactos de no competencia y confidencialidad
El artículo 8 del Real Decreto permite pactar no competencia hasta 2 años después del cese. Este pacto solo será válido si:
- Se justifica por interés comercial real del empresario en ello.
- Se compensa económicamente al directivo.
Si la empresa no paga esta compensación, el pacto queda sin efecto.
Riesgos para las empresas en el despido de altos cargos
Los errores más habituales que derivan en condenas o costes elevados son:
- Mala calificación del puesto: si no se cumplen los requisitos legales de alta dirección, se aplica el régimen laboral común, con indemnizaciones más altas.
- Indemnizaciones no previstas: pactos ambiguos generan litigios.
- Preaviso incumplido: pago extra de salarios equivalentes.
- Vulneración de derechos fundamentales: nulidad del despido y readmisión.
Buenas prácticas para un cese seguro
- Redactar contratos claros y completos.
Pactar indemnizaciones sostenibles y compatibles con la ley. - Respetar plazos de preaviso y formalidades.
- Documentar incumplimientos si se acude al despido disciplinario.
- Revisar periódicamente cláusulas de no competencia y blindaje.
En conclusión, el despido de directivos y altos cargos combina un régimen flexible para la empresa con garantías para el trabajador. Conocer y aplicar correctamente el Real Decreto 1382/1985 es fundamental para evitar litigios costosos y proteger la reputación corporativa.
Una estrategia preventiva, un contrato bien diseñado y el asesoramiento jurídico especializado son la mejor inversión para gestionar la salida de un alto cargo con seguridad y sin sorpresas.

